¡Buenos días a todos! Hoy desde el blog de Nersa S.L, tu asesoría fiscal y contable en Sevilla, traemos una nueva entrada como cada lunes. En este caso hablaremos acerca del conocido como autónomo societario y sus principales particularidades. También hablaremos acerca de sus diferencias con respecto al autónomo tradicional.
Es bastante común que a la hora de crear una empresa se nos presenten diversas dudas. Todas las personas tienen claro que deberán darse de alta como autónomos pero existen diferentes tipos. Es posible que no se sepa diferenciar entre el autónomo societario o el autónomo como trabajador por cuenta ajena.
Autónomo societario y sus particularidades
Este tipo de autónomo se produce cuando se decide crear una empresa con carácter de sociedad limitada. Es decir, el emprendedor no será un empresario individual. Sin embargo, la persona encargada de crear la sociedad limitada deberá estar dada de alta en la seguridad social como autónomo.
Para estos casos, la Seguridad Social dispone de una definición del autónomo societario. La definición es: » Aquellos que ejerzan funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador. O que presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa. Siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquélla.»
Para la Seguridad Social se entiende que la persona dispone del control efectivo en los siguientes supuestos:
- Cuando al menos la mitad del capital de la empresa se encuentre distribuido entre los socios. Generalmente con los que conviva o se encuentren unidos por un vínculo conyugal o parentesco.
- Su participación debe de ser al menos del 33% del capital social.
- En el caso de tener atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad, la participación será de igual o superior a la cuarta parte.
La cuota de autónomo que pagan es de 370 euros. Esto es debido a que su base de cotización es superior. También disponen de una tarifa plana de 24 meses agrupada en 3 tramos.
Autónomo trabajador por cuenta ajena
El autónomo tradicional es aquel que funciona como empresario individual. El mismo genera su propia actividad económica y podrá disponer de empleados o no. En el caso de este tipo de autónomos su base mínima de cotización se encuentra en los 290 euros. Este tipo de autónomos dispone de una tarifa plana consistente en el pago de 60€ para los primeros 12 meses.
Según la seguridad social son: «Trabajadores mayores de 18 años, que, de forma habitual, personal y directa, realizan una actividad económica a título lucrativo.»
Como ya sabéis, en Nersa S.L, tu consultoría y asesoría en Sevilla, ofrecemos diferentes servicios de asesoría laboral, fiscal y contable. ¡No dudes en consultar todos nuestros servicios sin compromiso!
Esperamos que esta entrada os haya sido tan interesante como a nosotros. ¡Hasta el próximo lunes!