¡Muy buenas! hoy desde Nersa S.L asesoría y gestoría en Sevilla, os traemos un post dedicado a enseñaros los libros que deben de presentar una sociedad.
Crear y tener una actividad mediante una sociedad, conlleva unas obligaciones y recomendaciones fiscales. Entre ellas destacan algunos libros oficiales concretos que se piden obligatóriamente a las sociedades Mercantiles.
Este tipo de organizaciones, está controlada por una legislación mercantil, fiscal y contable. Lo que obliga a que no todas tienen que llevar todos los libros
Algo en común entre todas las sociedades mercantiles es que deben llevar tanto el libro de actas como el libro de registro de socios además del libro diario y del Libro de Inventario y Cuentas anuales, en materia contable. En el apartado fiscal, será necesario obligatóriamente disponer de los Libros de IVA.
Qué son estos libros
Los libros corporativos o libros sociales son aquellos que por disposición legal están obligados a llevar las sociedades mercantiles. En ellos se incluyen registros, movimientos o acuerdos tomados en asambleas, juntas…
Tipos de libros oficiales
-El libro de actas. En él se deben incluir todos los acuerdos que registrados en las Juntas Generales y Consejo de Administración de la sociedad.
-Libro de registro de socios tienes que incluir la identidad de cada uno de los socios de la sociedad, así como el detalle de su participación y cambios que se produzcan.
-El libro Diario: en él, las empresas deben registrar todas las operaciones de la actividad económica de forma diaria o cronológica.
-Libro de cuentas e inventarios y anuales: este libro contiene la situación inicial de la empresa, su evolución mediante balance de sumas y saldos, el inventario final de la empresa. Así como un conjunto de informes contables que reciben el nombre de Cuentas Anuales que recogen los siguientes elementos. Un Balance de situación, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, la Memoria del ejercicio y el estado de flujos de efectivo.
-Libros del IVA: En él se incluyen el libro de facturas emitidas, el de facturas recibidas y el de bienes de inversión, así como el Libro de operaciones intracomunitarias en caso de haberlas.
¿Cuándo se deben presentar?
Los libros de contabilidad se tienen que presentar durante los cuatro meses siguientes a la fecha del cierre del ejercicio social.
Una vez explicado, desde Nersa S.L, Asesoría y Gestoría en Sevilla esperamos que os haya resultado de ayuda saber los libros que debe presentar una sociedad. ¡Y recuerda que si tienes alguna pregunta no dudes en contactar con nosotros!