¡Buenos días! Desde Nersa, asesoría fiscal y contable en Sevilla, hoy os queremos hablar sobre la opción de firmar un acta con acuerdo en tu inspección tributaria. ¿Es una buena o mala idea aceptarla? Siga leyendo y descúbralo por sí mismo.
Puede que su empresa se encuentre en medio de una inspección tributaria y el inspector le haya propuesto firmar un acta con acuerdo. ¿Le es rentable aceptar la propuesta?
Qué es una inspección tributaria
La Inspección Tributaria consiste en el ejercicio de las funciones administrativas dirigidas a: La investigación de los supuestos de hecho de las obligaciones tributarias para el descubrimiento de los que sean ignorados por la Administración.
Cuándo es posible en la inspección tributaria
La ley permite la firma del acta con acuerdo en tres casos bien diferenciados:
- Cuando la inspección versa sobre conceptos jurídicos indeterminados.
- Cuando versa sobre la apreciación de hechos para la aplicación de la norma al caso concreto.
- Cuando es necesario hacer estimaciones o valoraciones que no pueden cuantificarse de forma cierta.
Además, es lícito y normal que la cuantía se establezca de mutuo acuerdo entre en inspector y el contribuyente.
Ventajas
Existen dos ventajas fundamentales que le harán sacar lo más positivo de la situación:
- Menor sanción: Además de reducir la cuantía de liquidación, también lo hará la cuantía de la sanción. En estos casos se aplica una reducción del 50% en vez del 30% que se utiliza en las actas de conformidad.
- Menor riesgo: Se evita el riesgo de que si se firma en disconformidad, los tribunales acaben dando la razón a Hacienda.
Desventajas
De la misma forma, este tipo de actas también presentan unos tipos de inconvenientes que son necesarios tener en consideración para una correcta gestión. Ellos son los siguientes:
- Es necesario y obligatorio la construcción de un depósito o garantía que cubra la cuantía de liquidación y sanción antes de firmar el acta.
- Por otra parte, este tipo de actas solo son impugnables en casos muy concretos y muy poco frecuentes, por lo que se deberá estar muy seguro antes de firmarlas.
Con ello, desde Nersa, asesoría fiscal y contable en Sevilla, esperamos haberos aclarado todo sobre las actas con acuerdo en vuestra inspección tributaria. Si contáis con algún tipo de cuestión, no dudéis en contactarnos. ¡Hasta la próxima!
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