¡Buenas a todos! Hoy, desde Nersa S.L, tu asesoría laboral Sevilla, queremos hablaros de cómo te puede afectar las nuevas reformas laborales, tanto siendo trabajador como siendo empresa.
Con la entrada de año encontramos otra nueva norma que modifica al Estatuto de Trabajadores. Se intenta popularizar los contratos indefinidos para dejar atrás los temporales, así como devolver el poder de negociación colectiva a los trabajadores.
Cómo te puede afectar las nuevas reformas laborales
Algunas de las normas nuevas de este año son:
- Los contratos por obra y servicio se suprimen: Solo se podrán firmar contratos indefinidos, fijo, o contratos fijos-discontinuos.
- Se crea el contrato indefinido especial para la construcción: Para sustituir a los contratos por obra o servicio en el sector de la construcción, donde predominaban, se crean unos contratos indefinidos. Estos contratos tienen unas condiciones espaciales tales como que cuando se acabe la obra para la que se le contrató se le deberá recolocar en otra actividad, o que si no hay actividad se deberá encargar la empresa de la formación del empleado.
Contratos temporales que sí puedo firmar
Encontramos excepciones en los contratos temporales. Se podrán firmar si se necesitar aumentar la producción o por prácticas. Las empresas tendrán tres meses de plazo para adaptarse. ¿Qué tipo de contratos temporales encontramos?
- El contrato por circunstancias de producción. Sólo se firmará cuando se necesite aumentar la plantilla para hacer frente a incrementos inesperados en la producción.
- El contrato de sustitución. Se firmará para sustituir a otro trabajador durante una suspensión del contrato con reserva de puesto de trabajo, para cubrir la jornada reducida.
- Formación dual. No harán horas extras ni jornadas nocturnas. El contrato durará entre tres meses y dos años. Se les asignará un tutor.
- Contrato de prácticas: podrán realizarse hasta tres años después de obtener la certificación y durarán entre seis meses y un año. También tendrán un tutor asignado.
Y hasta aquí el artículo de hoy, esperamos que os haya sido de interés. Os resolvemos cualquier pregunta, ¡No dudéis en contactar con nosotros si necesitas asesoramiento fiscal o laboral en Sevilla!
¡Nos vemos la próxima semana con otro artículo!