Tengas ganancias o pérdidas patrimoniales en el IRPF, te verás obligado a declararlas en tu declaración de la renta. Las actividades económicas que originen ganancias o pérdidas en el patrimonio del contribuyente deben comunicarse a la Agencia Tributaria.
Hoy, desde Nersa SL, asesoría fiscal y contable os hablaremos sobre cómo declarar cualquier alteración en la composición del patrimonio que califique como rendimiento o pérdida.
¿Qué son las ganancias y pérdidas patrimoniales IRPF?
Estas son todas las variaciones que se originan en el patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en su composición. Esto será así siempre y cuando estas variaciones no califiquen como rendimientos.
En este último año nos hemos encontrado con la novedad en el tipo IRPF en relación al Modelo 720 de Bienes en el extranjero. Todo ha surgido por todos los españoles que poseen criptomonedas en España o fuera de ella. La cifra supera los cuatro millones.
¿Qué diferencias hay entre ganancia patrimonial y rendimiento de capital mobiliario?
Las ganancias patrimoniales están reconocidas en los artículos 33.1 y 33.2 de la LIRPF cuando:
- Hay alteración en la composición del patrimonio del que tributa
- Que se produzca variación del valor del patrimonio derivada de la alteración
- Que no haya normal legal que exceptúe de tributo la ganancia (o rendimiento si así califica)
Por otro lado, los rendimientos de capital mobiliario se reconocen en los artículos 25 y 26 de la LIRPF como:
- Rendimientos que se obtienen en fondos de inversión
- Rendimientos derivados de operaciones de capitalización, contratos de seguro de vida o invalidez (en el caso de que no deban tributar como rendimientos de trabajo)
- Ganancias por transmisión lucrativa a terceros de capitales propios
- Otro tipo de ganancias. Aquí se incluye:
- La ganancia patrimonial derivada de la propiedad intelectual e industrial
- Ganancia por prestación de asistencia técnica
- Rendimientos por arrendamientos de bienes muebles, negocios y minas
- Cualquier ganancia procedente de la cesión del derecho a la imagen o de autorización para su uso
Esperamos que os haya servido de utilidad este artículo para entender más sobre la declaración en IRPF de las ganancias y pérdidas patrimoniales. Para más información os dejamos ejemplos de casos posibles redactados por la Agencia Tributaria.