¡Buenos días a todos! Bienvenidos, un día más, a nuestro blog. En el día de hoy, desde Nersa S.L, tu asesoría fiscal en Sevilla, os traemos algunas nociones sobre cómo reducir o eliminar el impuesto de sucesiones y donaciones.
Según la Ley, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título gratuito (herencia, donación…) por personas físicas. Es decir, si usted cuenta con un patrimonio importante, sus herederos tendrán que tributar una determinada cantidad de dinero a la Hacienda Pública. El importe dependerá de muchos factores, incluido el de la comunidad autónoma en la que resida y sus estatutos.
¿Cómo reducir la tributación del Impuesto de Sucesiones?
La mejor opción para reducir la tributación de una herencia y no pagar el impuesto de sucesiones es hacer un traspaso a una sociedad en la que a su vez participen sus herederos.
La ley permite que usted puede nombrar como heredero a una sociedad. Dicha entidad no deberá satisfacer el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), ya que sólo las personas físicas tributan este impuesto. En su lugar, la sociedad tributará por el Impuesto de Sociedades como si hubiera recibido un ingreso extra por el ejercicio de su actividad.
De esta forma, el coste fiscal de la herencia será de un 25% (tipo Impuesto de Sociedades). Ahora bien, si la empresa arrastra deudas, el ingreso del legado no sólo podrá compensarlas sino que tributaría a un porcentaje menor y no existiría un gran coste fiscal.
¿Cuándo conviene esto?
Esta opción le conviene cuando usted posee un gran patrimonio y, por las leyes y normas de la zona en la que reside, sus herederos tendrían que pagar una gran cantidad de dinero a Hacienda. De esta forma, si la sociedad a la que va a traspasar su legado es propiedad al 100% de el heredero, éste tendrá que declarar una menor base imponible. Además debe saber que, según el tipo de heredero, las comunidades autónomas ofrecen incentivos fiscales en el ISD a pagar.
No es lo mismo que sus herederos sean sus hijos o cónyuge (cuentan con reducciones fiscales en el impuesto de sucesiones y donaciones) a que sean otros familiares y amigos (incentivos mucho más bajos). En el segundo caso, el traspaso de su legado a una sociedad sería mucho más conveniente.
¿Quién tiene que pagar el impuesto de sucesiones?
¡Y hasta aquí el artículo de hoy! Si tienes alguna duda o consulta al respecto, no dudes en contactar con nosotros.
Y recuerda que, en Nersa S.L, tu asesoría fiscal en Sevilla, nos preocupamos por ti.