¡Buenos días a todos! Hoy en el blog de Nersa S.L., asesoría en Sevilla, tu asesoría fiscal y contable, os venimos a contar un poco sobre el modelo 130 para autónomos, así como los plazos existentes para presentarlo y las distintas modalidades para entregarlo que Hacienda permite a los autónomos.
¿Qué es el modelo 130?
El Modelo 130 es una declaración trimestral del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) en el que se liquida el pago fraccionado del impuesto. Por ello, estos contribuyentes están obligados a efectuar cuatro pagos fraccionados trimestralmente a cuenta de la futura declaración de la renta anual.
Este modelo se calcula bajo el régimen de estimación directa. Existen 2 tipos de estimaciones: Estimación directa y estimación objetiva. La estimación directa es el régimen general. Dentro de la estimación directa, tenemos la estimación directa simplificada y la estimación directa normal:
- Estimación directa simplificada: Puedes acogerte si tu actividad económica no supera los 600.000 euros anuales. Es la modalidad más común.
- Estimación directa normal: Tendrás que acogerte a la normal si tu actividad económica supera los 600.000 euros.
El Modelo 130 deberá ser utilizado por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que ejerzan:
- Actividades económicas, en este apartado van incluidas las agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras, de forma personal, normalmente, de manera trimestral.
- Actividades profesionales, pero no están obligados a presentar declaración de pago fraccionado, ni a efectuar ingreso alguno por este concepto si, en el año natural inmediato anterior, al menos el 70 por 100 de los ingresos procedentes de dichas actividades hubieran sido objeto de retención o ingreso a cuenta.
- Sin embargo, en las sociedades civiles y comunidades de bienes, se efectuará por cada uno de los socios en proporción a su participación en el beneficio.
¿Cuándo hay que presentarlo?
- Primer Trimestre: del 1 al 20 de Abril, ambos inclusive.
- Segundo Trimestre: del 1 al 20 de Julio, ambos inclusive.
- Tercer Trimestre: del 1 al 20 de Octubre, ambos inclusive.
- Cuarto Trimestre: del 1 al 30 de Enero, ambos inclusive.
Si el último día en el que vamos a presentar el modelo 130 cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se prorroga automáticamente hasta el primer día hábil siguiente del calendario sin ninguna sanción.
¿Cómo se presenta el modelo 130?
- Puedes presentarle de forma electrónica a través de internet con certificado digital o Cl@vePIN.
- Por otro lado, puedes hacerlo con formato papel: Formulario del modelo 130 para su presentación (predeclaración). Imprime el pdf obtenido en la página de Hacienda. Si te sale a pagar puedes presentarlo en el banco y si es negativo o con cuota cero deberás presentarlo en Hacienda.
Esperamos que este artículo os haya resultado útil y no dudéis en poneros en contacto con nuestro equipo para cualquier tema que necesitéis ayuda o asesoramiento.