se ¡Buenos días! Hoy en el blog de Nersa S.L., asesoría mercantil en Sevilla, os traemos una entrada muy interesante acerca de qué son las organizaciones sin ánimo de lucro y con qué beneficios fiscales cuentan.
Organizaciones sin ánimo de lucro: ¿qué son?
Como su propio nombre indica, las organizaciones sin fines de lucro se caracterizan por ser aquellas cuyo objetivo no es el de obtener beneficio económico, sino que se dedican a realizar actividades que beneficien a la comunidad, a terceras personas o a aquellas personas con las que se hayan asociado, es decir, tienen un objeto social, altruista, humanitaria, artística o comunitaria…
Estas organizaciones se financian normalmente con ayudas y donaciones de personas físicas, empresas, e instituciones y organizaciones de todo tipo, y en algunos casos también reciben ayudas estatales.
Por lo general, el excedente económico de la actividad de las organizaciones sin ánimo de lucro se reinvierte en su obra social o en el desarrollo de la propia institución, o se queda como reserva para el siguiente ejercicio.
De todas formas, no todas las entidades sin fines lucrativos pueden considerarse como tal. Según la Ley 49/2002 sólo podrán obtener dicha consideración las siguientes entidades:
- Las ONG de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
- Asociaciones que hayan sido declaradas de utilidad pública.
- Fundaciones.
- Federaciones deportivas españolas, territoriales y autonómicas y aquellas integradas en el Comité Olímpico y Paralímpico Español.
- Las delegaciones de fundaciones extranjeras siempre que estén inscritas en el Registro de Fundaciones.
Tipos de organizaciones sin ánimo de lucro en España
Según el derecho civil español se contemplan distintos tipos de entidades sin ánimo de lucro. Estos tipos dependen de su forma jurídica, cada cual ha de ser inscrita en el registro correspondiente:
- Asociaciones sin ánimo de lucro: deben inscribirse en el Registro de Asociaciones y su creación está regulada por la Ley Orgánica 1/2002.
- Fundaciones: se deben inscribir en el Registro de Fundaciones, de acuerdo con la Ley de Fundaciones 50/2002 del 26 de diciembre de 2002, según el derecho de fundación reconocido en el artículo 34 de la Constitución Española, y cumpliendo las normativas vigentes. Deben perseguir fines de interés general, como pueden ser, entre otros: defensa de los derechos humanos; asistencia social e inclusión social; cooperación para el desarrollo; defensa del medio ambiente; fomento de la economía social; fomento de la tolerancia; apoyo a la investigación científica y al desarrollo tecnológico, etc.
Beneficios fiscales de las organizaciones sin ánimo de lucro
Al colaborar con este tipo de entidades, es posible recibir pequeños incentivos fiscales para fomentar la colaboración con las mismas. Las deducciones fiscales por aportar donativos quedan recogidas en el artículo 19 de la Ley 49/2002 de Mecenazgo.
- Al donar 150 euros, podrás desgravarte un 75% a partir del 2016.
- Si la donación efectuada es igual o supera la cantidad donada en 2013 y 2014 a la misma entidad, el resto de la cantidad a desgravar será un 35% a partir de 2016.
- El resto de las cantidades donadas desgravarán un 30% a partir de 2016.
¿Es posible la obtención de beneficio?
A la hora de comenzar una entidad sin ánimo de lucro, una concepción errónea muy común es que no es posible la obtención de beneficio. Este pensamiento general no es correcto, ya que es imposible que cualquier entidad sobreviva sin tener remanente positivo.
Las entidades sin ánimo de lucro no podrán distribuir dicho beneficio económico entre los asociados. Este se debe reinvertir en su totalidad en la asociación. Es decir, el beneficio obtenido no podrá repartirse en forma de dividendos como en las sociedades que sí son de ánimo de lucro.
También es posible que este tipo de organizaciones realicen actividades económicas que generen excedentes, que igualmente deberán ser reinvertidos dentro de la propia entidad.
Desde Nersa S.L., asesoría para empresas, esperamos que os haya resultado útil este artículo tanto si estás pensando en crear una entidad sin ánimo de lucro como si quieres desgravarte las donaciones efectuadas a las mismas. No obstante, si te ha quedado alguna duda, te animamos a ponerte en contacto con nosotros. ¡Te esperamos!