¡Buenos días lectores! Hoy desde el blog de Nersa S.L., tu asesoría legal en Sevilla, vamos a hablaros de cómo cobrar la pensión de jubilación y trabajar al mismo tiempo. Ya que la jubilación flexible considera ambas situaciones.
¿Qué es la jubilación flexible?
Por lo general, se cree que al jubilarse la persona deja de trabajar y vive directamente de la pensión. Pero esto no siempre ocurre así, ya que existe la posibilidad de seguir la carrera laboral mientras cobras dicha pensión, aunque con reducciones.
Esta alternativa a la jubilación ordinaria, es conocida como jubilación flexible, la prevé la Seguridad Social y está disponible para todos los regímenes. Excepto para “los funcionarios civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y del personal al servicio de la Administración de Justicia”.
La jubilación flexible consiste en que una vez que el trabajador llega a la edad de jubilación, se le permite compatibilizar un trabajo a tiempo parcial con el cobro de la pensión. Aunque esta última se verá reducida de forma inversamente proporcional al tiempo de la jornada laboral.
Aunque durante ese tiempo “mantendrán la condición de pensionista a efectos de reconocimiento y percibo de las prestaciones sanitarias”, según la Seguridad Social.
Dichas reducciones que se le aplican a la pensión están reguladas y solo pueden ser de entre el 25% y el 50%. Es decir, la jornada del jubilado solo podrá ser de entre el 50% y el 75% de la jornada completa.
Para poder acogerse a este tipo de jubilación, el trabajador solo deberá comunicarlo a la Seguridad Social previamente a la reducción de la jornada.
Mientras siga en esta modalidad, el jubilado irá acumulando cotizaciones que mejorarán la pensión que tendrá tras finalizar el trabajo. Cuando esto ocurra, se procederá al recálculo de la pensión sumando las cotizaciones previas.
¿Cuándo se puede cobrar la pensión y trabajar?
Esta modalidad solo se puede compatibilizar con las prestaciones de incapacidad temporal y de maternidad derivadas del trabajo a tiempo parcial.
No se podrá compatibilizar, sin embargo, con cualquier pensión por incapacidad permanente derivada del trabajo a tiempo parcial y que tuviese lugar con posterioridad al comienzo de la jubilación parcial
No la debemos confundir con la jubilación demorada, que no permite combinar pensión y trabajo, sino que da la opción al trabajador de retrasar su jubilación mientras sigue trabajando un tiempo extra después de la edad ordinaria de jubilación.
El beneficio de esta modalidad es que, por año extra trabajado, y en función del tiempo cotizado, se otorgan porcentajes adicionales de la base reguladora que aumentarán el importe de la pensión.
Esto es todo por hoy, cualquier duda sobre cobrar la pensión y trabajar al mismo tiempo o cualquier duda con la contabilidad y los temas fiscales que os sean necesarios, no dudes en contactar con nuestros expertos asesores o déjanos un comentario. ¡Hasta el próximo día!