¡Hoy hablamos de franquicias! Si estás pensando en hacerte franquiciado nuestros asesores en Sevilla están dispuestos a echaros una mano con toda la documentación fiscal y el proceso de registro de una franquicia.
Como bien es sabido, la franquicia es una de las formas más asequibles para emprender, aunque así sea, en Nersa no dudamos en aportaros toda la información necesaria para este proceso.
Y es que la fiscalidad de una Franquicia dependerá principalmente de la forma societaria del franquiciado, en el caso de que se trate de un empresario individual, el canon que abone el franquiciado se podrá deducir de la Declaración de la Renta, mientras que si se trata de una persona jurídica, este canon podrá deducirse del Impuesto de Sociedades.
Hasta ahí lo más básico, el siguiente paso es la inscripción en el Registro de franquiciadores que depende de la Dirección General de Política Comercial del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Datos a aportar en el Registro de franquiciadores
– Razón social o nombre, datos de inscripción en el Registro Mercantil y el número de identificación fiscal.
– Denominación de derechos de propiedad intelectual o industrial, que dependerán del acuerdo de franquicia, además de la acreditación que avale los derechos de licencia de uso sobre los mismos, junto con la duración y los recursos correspondientes.
– Descripción del negocio objeto de franquicia, se deberá realizar una memoria donde se describa la actividad, el número de franquiciados de la firma y el número de establecimientos que la compongan, así mismo es necesario diferenciar aquellos negocios explotados directamente por el franquiciador de aquellos que funcionen bajo la modalidad de cesión de franquicia. También es importante indicar las provincias donde se encuentren presentes y los franquiciados que hayan dejado de operar en la red durante los dos últimos ejercicios.
Pero esto no es todo, en el caso de que el franquiciador sea un franquiciado principal será necesario la documentación que demuestre los siguientes datos de su franquiciador: nombre, razón social, forma jurídica, domicilio y duración del acuerdo.
No hay trámites de constitución
Estáis de suerte, ya que la franquicia no precisa de ningún trámite concreto solo la firma del contrato mercantil de franquicia. Sin embargo en el caso de que la empresa no esté constituida anteriormente será necesario escoger una forma societaria y llevar a cabo los distintos trámites para su creación.
Por ultimo recordaros que el ejercicio de actividad mercantil en régimen de franquicia se regula a través del Real Decreto 201/2010, de 26 de Febrero.
Ya sabéis que para más información no dudéis en acudir a vuestra asesoría en Sevilla, Nersa. Y si lo que de verdad queréis es estar al día de toda la información que regula vuestra actividad, ni os lo penséis, visitar nuestro blog.