¡Hola a todos! Hoy desde Nersa Asesores, asesoría en Sevilla capital, queremos hablaros de un concepto algo desconocido para la mayoría, pero que puede ser importante, se trata de la principal fuente de renta.
¿En qué supuesto entra en juego la principal fuente de renta?
El concepto de la principal fuente de renta es importante cuando se hereda un negocio familiar. Según nuestra legislación actual, se puede aplicar una reducción del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones del 95% sobre su valor cuando esta actividad económica supusiese la principal fuente de renta del fallecido.
Reducción en el ISD
El ejercicio que se tiene en cuenta para comprobar esta renta es desde el 1 de enero hasta la fecha de fallecimiento. Según la normativa, debe ser en ese periodo en el que la principal fuente de renta sea la actividad económica.
Sin embargo, los tribunales son más flexibles, considerando que la reducción también será aplicable si se cumplen los siguientes requisitos:
- Por un lado, que en los años anteriores sí se cumpliera el requisito de principal fuente de renta.
- Por otro lado, que si no se cumple esta condición sea por circustancias extraordinarias.
Existen dos claros ejemplos para ver estas circustancias extraordinarias. Una de ellas es el caso de un empresario fallecido a principios de año, cuyas rentas por actividad hasta ese momento eran bajas, debido a que las ventas se concentran a final de año.
Otro es el supuesto en el que se el empresario ha obtenido beneficios por ventas, que hubiese hecho que las rentas de actividad de ese año con constituyesen la principal, pero en años anteriores sí.
Esperamos que este post os haya parecido interesante. Si tenéis cualquier duda, podéis poneros en contacto con nosotros sin compromiso. En Nersa Asesores estaremos encantados de antenderos. ¡Hasta pronto!