¡Hola a todos! En un artículo anterior del blog de Nersa SL, asesores en Sevilla, hablamos de la regla de la prorrata general y la especial, este artículo tuvo muy buena acogida y recibimos muchas preguntas por vuestra parte. Entre ellas, una que se repetía mucho era cómo se solicita la prorrata especial. Por ello, hoy queremos responder a esta pregunta con este post.
¿Quién debe solicitar la prorrata?
Si tienes una empresa en la que se están realizando operaciones simultáneamente con las que se pueden deducir el IVA, que presta servicios exentos y no exentos de IVA, o entrega bienes, por lo general se le aplica la regla de la prorrata. En este caso, tendrás la posibilidad de optar entre dos modalidades.
Las empresas que deben llevar a cabo la solicitud de prorrata son:
- Aquellas que tienen como finalidad el alquiler de locales, viviendas o de oficinas.
- Los médicos que ejercen medicina tanto estética como cirugía plástica.
- Las empresas que tienen como finalidad el asesoramiento y la mediación en la contratación de seguros.
- Los artistas que perciben tanto por derechos de autor como por los conciertos que realizan.
La prorrata general y la prorrata especial
Existen dos tipos de prorrata que se pueden solicitar, pasemos a hacer una revisión detallada de cada una.
La prorrata general
Por medio de este sistema, no se deduce íntegramente todo el IVA, sino solamente un porcentaje. Esto soportando igual al porcentaje que representan las ventas con derecho de deducción correspondiente a todas las ventas.
Con la prorrata general, el porcentaje de deducción es igual a las operaciones que están sujetas a IVA que han sido realizadas por la empresa entre el total de las operaciones que han sido realizadas.
El porcentaje es multiplicado por el IVA soportado y determinar así la cantidad del IVA, lo que soporta todo lo que podrás deducir.
Prorrata especial IVA
En cuanto a la prorrata especial, se trata de una modalidad de deducción con más precisión, debido a que permite ejercitar el derecho a la deducción, pero de manera íntegra sobre la actividad que se encuentra sujeta y no exenta.
Por medio de esta modalidad, se hace la deducción del 100% del IVA, con esto soporta las actividades con derecho a deducción y el 0% del IVA, en actividades que no tienen ese derecho.
Solicitud de la prorrata especial
Para la solicitud de la prorrata especial se debe deducir solo el IVA soportado deducible en las actividades que generan el derecho para deducir el IVA. No se deducen nada de otras actividades las cuales no generan derechos para deducir el IVA.
Esto quiere decir que el IVA deducible puede ser del 100% o también podría ser del 0%. Ahora bien, ¿sabes cuál es la regla de prorrata? Te lo mostraremos a continuación.
La regla de prorrata
Esta regla se aplica cuando en la actividad económica, los sujetos pasivos realizan operaciones con derecho a la deducción y otras en las que no. En este sentido las cuotas soportadas en estas actividades solo se pueden deducir con una determinada prorrata o proporción.
Entonces, el sujeto pasivo opta la aplicación en cuanto al plazo cuando las cuotas deducibles en un año natural se excedan en un 10%. En este caso se aplicaría la prorrata especial.
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